Tratado No. 32
sobre asociaciones estratégicas
y relaciones comerciales
Moscú, Federación de Rusia «10» ○ diciembre 2025 años
Operador financiero del CPC en el Comité Permanente entre Organismos, por conducto de la Presidenta del CP, Sra. Svetlana Fedorna 1167746546076, INN 7722366303, CAT 773301001, dirección jurídica 125310, págs. Moscú, Sr. Mitinsky, d. 55, pág. 1, piso 1, un lugar. III/15) en vigor de conformidad con el Estatuto, residente en la Federación de Rusia, en adelante Parte 1),
y
NPC NGO NGO «SPECZASHCHITA» ○ Por conducto del Presidente del Consejo, Sokolav Sergei Leonidovich, en virtud de la Carta, del INN 9709066128, CAT 770901001, GGN 1207700383087, dirección legal: 109004, págs. Moscú, calle. Stanislavski, d. 22, pág. 2, el lugar. 11, en adelante "la Parte" 2» • Los residentes de la Federación de Rusia, denominados conjuntamente Partes, han concertado el presente tratado sobre lo siguiente.
1. TOTAL DEL TRATADO.
1.1. - Las Partes, reconociendo la importancia y el carácter específico de los problemas que se plantean a cada una de ellas, convienen en una asociación y cooperación estratégicas amplias para asegurar un entorno propicio a las actividades de las Partes en las esferas de interés común de las Partes, en particular la economía. - Las Partes en la Convención han establecido relaciones jurídicas reguladas por la legislación de la Federación de Rusia y de otros países.
1.2. El objeto del presente tratado es la elaboración de medidas estratégicas para el éxito financiero y económico de las Partes con miras a la ejecución de proyectos de importancia social ejecutados por ellas mismas o conjuntamente por ellas para mejorar y estabilizar las condiciones de vida y la seguridad de los aspectos jurídicos de las actividades futuras.
1.3. - Las Partes concentrarán sus recursos intelectuales, materiales, laborales, organizativos y financieros para la cooperación en el marco del presente Tratado.
1.4. - Las Partes convinieron también en que la creación de una asociación estratégica se llevaría a cabo mediante la colaboración entre las Partes y los organismos reguladores gubernamentales, así como con las organizaciones gubernamentales, comerciales y sin fines de lucro cuyas actividades fueran de interés para las Partes.
1.5. Además de los objetivos enunciados en el párrafo 1.1. Las Partes en el presente Tratado han determinado que el objetivo de su cooperación mutuamente beneficiosa es la cofinanciación y ejecución de las actividades de software de cualquiera de los aspectos de interés para las Partes en pie de igualdad, la plena promoción del establecimiento y el desarrollo de la condición de Estado, la formación de una sociedad moderna y civilizada, el desarrollo de la cultura y la organización de condiciones favorables para el desarrollo de las empresas de terceros dentro y fuera del territorio de la Federación de Rusia, que son garantizadas por las Partes mediante la conciliación de los intereses profesionales, comerciales y de otra índole de las Partes, así como la coordinación mutuamente beneficiosa entre los demás participantes con los que interactúan las Partes.
1.6. Al mismo tiempo, cada Parte se reserva el derecho de regular las actividades profesionales de los participantes en sus actividades.
2. Formas de cooperación.
2.1. - Las Partes convinieron en que la asociación estratégica prevista en el presente Tratado se basaría en los principios de legalidad, apertura y confianza, coherencia e información mutua oportuna, integridad y fiabilidad y asistencia mutua.
2.2. - Las Partes reconocen su reputación empresarial, sus conocimientos profesionales, sus vínculos comerciales, su capacidad material y de otra índole y están dispuestas a cumplir los compromisos contraídos para garantizar la aplicación de las medidas del Tratado.
2.3. En el marco de la asociación estratégica entre las Partes: 2.3.1. Se unen para formular propuestas conjuntas ante los poderes legislativo y ejecutivo del Estado en relación con su trabajo conjunto y promover sus propuestas en las estructuras estatales pertinentes;
2.3.2. Armonizar posiciones sobre todas las cuestiones relacionadas con el desarrollo de su asociación estratégica en pie de igualdad, utilizando y mejorando el mecanismo de reuniones periódicas, especialmente en los niveles más altos y altos;
2.3.3. Intercambian periódicamente opiniones y conciertan posiciones sobre cuestiones nacionales e internacionales de interés común, así como sobre la reglamentación de las actividades de otros participantes en la preparación de los proyectos pertinentes;
2.3.4. Coordinarán la cooperación y la labor conjunta de los representantes encargados de representar a las Partes en los órganos gubernamentales, públicos y de otro tipo para promover eficazmente los intereses de las Partes; 2.3.5. Compartirán sus capacidades y capacidades de trabajo, producción y de otra índole para abordar con mayor eficacia las cuestiones relativas al fomento de la capacidad de cada una de las Partes;
2.3.6. Comparten información entre las partes sobre el funcionamiento de un sistema sólido y eficaz de interacción, así como sobre las actividades de las organizaciones que integran las Partes; ofrecen asesoramiento mutuo sobre cuestiones de competencia de las Partes; y proporcionan información pertinente sobre la cooperación de las organizaciones para el desarrollo de nuevas tecnologías y la prestación de asistencia mutua en la búsqueda de asociados fiables en diversas regiones de la Federación de Rusia;
2.3.7. Promoverán la conservación y el desarrollo de las actividades de las Partes, la consolidación de las formas civilizadas de actividad en los mercados financieros y de otro tipo, el mantenimiento de la reputación empresarial de las Partes y el establecimiento de contactos con las organizaciones interesadas, en cooperación con las Partes; 2.3.8. Convienen en un reglamento en virtud del cual los representantes de las Partes podrán participar en las reuniones de los órganos rectores, las reuniones y otras actividades de las Partes.
3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1. Las Partes se comprometen a:
3.1.1. Abstenerse de todo acto u omisión que pueda dar lugar a la violación de los intereses legítimos de la otra parte en el tratado o de cualquier otro acto que pueda causar daño o perjuicio a la otra parte en el presente tratado.
3.1.2. Adoptar todas las medidas relativas a la confidencialidad de la información, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 8 del presente Tratado;
3.1.3. Examinar, interpretar y utilizar las condiciones del presente tratado de manera directa y exacta, sin permitir la interpretación del texto del tratado que complemente, excluya, amplíe o reduzca las distorsiones del sentido que en él se dan.
4. Los derechos de las Partes.
4.1. Las Partes tendrán derecho a:
4.1.1. Supervisar personalmente la aplicación del Tratado.
4.1.2. Atraer recursos financieros, productivos, laborales y de otra índole de terceros a actividades conjuntas.
4.1.3. Financiar la labor conjunta para la aplicación del Tratado.
4.3.4. De los dividendos derivados de la estrategia de ambas Partes para la aplicación del presente Tratado, pagarían las partidas de gastos, los servicios de terceros y la adquisición de los bienes necesarios para las actividades administrativas y económicas de las Partes.
5. OBJETIVOS Y RETOS.
5.1. El presente Tratado tiene por objeto asegurar la utilización de las tecnologías innovadoras de UPE-HAU para lograr un objetivo general, de conformidad con la legislación vigente, que se asegurará:
5.1.1. La inversión de fondos en proyectos conjuntos, seguidos de su gestión profesional y supervisada;
5.2. Actividades que respondan a los objetivos de las Partes y sean compatibles con los de las Partes
- La legislación vigente de la Federación de Rusia y de los Estados vecinos.
5.3. Las partes podrán realizar las actividades para las que sea necesaria la concesión de licencias (en caso necesario) a partir del momento en que se haya obtenido la licencia y dentro del plazo establecido en ella, y cesarán al expirar su vigencia, a menos que la ley o cualquier otra ley disponga otra cosa.
5.4. La distribución de los dividendos derivados de las actividades estratégicas derivadas de las condiciones y disposiciones del presente Tratado se hará de conformidad con lo acordado por las Partes y se consignará en los Protocolos Adicionales, los Estatutos, los Acuerdos y los Anexos del presente Tratado.
6. Organización y gestión
6.1. Las partes convinieron en que la organización y gestión del presente Tratado se llevaría a cabo de la siguiente manera:
6.1.1. «○ Parte 1» ○ Sobre la base de las decisiones adoptadas, organiza y documenta las actividades de autorización necesarias para la ejecución de los proyectos.
6.1.1.1. ○ La Parte 2 organizará actividades de recaudación de fondos para proyectos.
6.1.2 La Parte 2 organizará y llevará a cabo actividades de construcción de complejos agroindustriales, teniendo en cuenta la construcción de cuatro mini centrales hidroeléctricas que figuran en el plan de actividades del proyecto.
7. Responsabilidad de las Partes
7.1. Las partes son responsables por el incumplimiento o el incumplimiento indebido de las obligaciones contraídas en virtud del presente tratado de conformidad con la legislación vigente de la Federación de Rusia.
7.2. En caso de incumplimiento o incumplimiento por una Parte de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato y en relación con él, la Parte tendrá la obligación de indemnizar a la otra Parte por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento o el cumplimiento indebido de las obligaciones estipuladas en los contratos y en los acuerdos suplementarios.
7.3. Se entiende por indemnización por daños y perjuicios la indemnización por la Parte responsable de los gastos de la otra Parte (gastos directos relacionados con la actividad) causados por el incumplimiento por la Parte responsable de las condiciones y disposiciones del presente contrato. El lucro cesante y otras pérdidas indirectas no son resarcibles.
7.4. Las personas que participan en los proyectos son responsables del incumplimiento de los plazos, la insuficiencia y la mala calidad del trabajo realizado. En caso de que una Parte haya presentado reclamaciones razonables contra una empresa, la Parte hará todo lo posible por exigir responsabilidades a esa persona y obligarla a pagar sus reclamaciones a su propia costa.
7.5. Las personas que participan en los proyectos son responsables ante las Partes de la calidad de la organización y ejecución de los trabajos, incluida la calidad de su propio equipo y de su equipo de alquiler, así como de su funcionamiento, así como de la organización de los trabajos y el suministro de personal calificado, y de condiciones de trabajo seguras para las personas que participan en los proyectos.
La ejecución de los trabajos.
8. CONFIDENCIAL
8.1. Las Partes se comprometen a respetar el secreto de servicio, de producción, económico, social y de Estado, tanto en los programas de inversión como en la gestión de documentos, en las negociaciones que se celebren en el marco del presente Tratado General. Deben adoptarse todas las medidas de seguridad institucionales, técnicas, tecnológicas y de otra índole para garantizar el secreto interno, de producción y de servicio.
8.2. Toda la información obtenida por las Partes en el marco del programa de inversiones no podrá transmitirse a un tercero sin el consentimiento escrito de la segunda parte para el desarrollo del presente tratado.
8.3. Las partes están obligadas a respetar los intereses y la confidencialidad de los propietarios. La propiedad comprende activos, proyectos, planes de actividades, documentos, datos, números de teléfono y cualquier otra información relacionada con el Programa de Inversiones.
8.4. La información sobre la propiedad de los bienes adquiridos por una Parte como resultado de la cooperación en el marco del presente tratado estará protegida por el presente Tratado, el estatuto, la legislación en vigor y los reglamentos internos de la Parte, y no podrá transmitirse a un tercero sin el consentimiento escrito de la otra Parte.
8.5. Las partes convinieron en respetar los principios de la ética empresarial de confianza y las normas de no divulgación establecidas por los requisitos internacionales. Esos principios y normas se aplicarán durante un período de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se reciba la información,
que representa el secreto de producción, interno y de Estado y se aplica a todas las operaciones que se celebren en el marco del presente contrato, a las que se reitere o se vuelva a negociar y a las que se concierten en relación con el mismo objeto.
8.6. Toda la información intercambiada por las Partes será confidencial y ninguna de ellas podrá transmitir la información de que disponga en relación con el presente tratado ni realizar transacciones en el marco de él con personas no autorizadas.
9. Procedimiento de entrada en vigor, duración, resolución y resolución del presente contrato
9.1. El presente Tratado entrará en vigor en el momento de su firma por los plenipotenciarios de las Partes y permanecerá en vigor hasta que las Partes cumplan plenamente las obligaciones contraídas en virtud del presente Tratado y en relación con él.
9.2 El presente Tratado podrá ser rescindido y rescindido:
- Por acuerdo mutuo de las Partes;
- Por decisión del tribunal;
- Por otros motivos expresamente previstos por la ley.
9.3. En caso de que una Parte decida retirarse del tratado, deberá comunicarlo por escrito a la otra Parte. La Parte que haya manifestado su deseo de rescindir el presente contrato deberá comunicar a la otra Parte su deseo de dar por terminado el contrato en un plazo no inferior a 6 (seis) meses antes de la fecha de su disolución efectiva.
9.4. La terminación del presente tratado no significa la terminación automática de otros contratos y contratos celebrados entre las Partes en el presente tratado y en relación con él, que deberán ejecutarse de conformidad con las condiciones enunciadas en sus textos.
9.5. En caso de disolución o modificación de las condiciones del presente tratado por acuerdo mutuo de las Partes, en caso de que una de ellas haya sufrido un daño, cada Parte indemnizará a la otra Parte por ese daño.
9.6. En caso de rescisión del presente contrato por iniciativa o culpa de una Parte, la Parte indemnizará a la otra Parte por todos los daños y perjuicios causados por la rescisión anticipada.
10. Procedimiento de solución de controversias y derecho aplicable
10.1. Todas las controversias y/o diferencias que puedan surgir entre las Partes en virtud del presente tratado y en relación con él se resolverán, en la medida de lo posible, mediante negociaciones entre las Partes.
10.2. En las controversias relacionadas con el cumplimiento del presente contrato es obligatorio el procedimiento de reclamación extrajudicial previa. El plazo para examinar la reclamación es de 30 (treinta) días naturales. La reclamación se envía a la otra parte por correo certificado o se entrega contra recibo.
10.3. En caso de que las partes no hayan llegado a un acuerdo sobre las controversias o controversias, las controversias se resolverán ante los tribunales de conformidad con la legislación vigente.
10.4. Todas las relaciones de las Partes con arreglo al presente Tratado y en relación con él que no se reflejen en el texto del presente Tratado se regirán por el derecho civil.
11. Casos de fuerza mayor y otras excepciones
11.1. Las partes quedarán exentas de responsabilidad por incumplimiento parcial o total o por incumplimiento indebido de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato cuando dicho incumplimiento o incumplimiento haya sido consecuencia de ello.
- Las circunstancias de fuerza irresistible, y en otros casos posteriores a la celebración del presente tratado, como resultado de acontecimientos extraordinarios que escapan a la voluntad de las partes y que las partes no podían prever y cuyas consecuencias no podían verse afectadas por medidas razonables.
11.2. Los hechos que se consideran irresistibles son los siguientes: guerra y acción militar, rebelión, movilización, huelga en las empresas de las Partes en el presente Tratado y sus asociados, epidemias, desastres naturales y tecnológicos, actos de las autoridades estatales y municipales que afectan al cumplimiento de las obligaciones y todos los demás acontecimientos, y circunstancias que el tribunal competente reconoce y declara en casos de fuerza irresistible.
11.3. La Parte afectada por circunstancias de fuerza mayor deberá comunicar inmediatamente a la otra Parte por telegrama, fax, la naturaleza y la duración probable de esas circunstancias, evaluar, en la medida de lo posible, su efecto en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las Partes en virtud del presente Tratado, e informar sobre el cumplimiento de esas obligaciones.
11.4. Durante el período de fuerza irresistible y otras circunstancias eximentes, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las Partes en virtud del presente Tratado se suspenderá, el cumplimiento de las obligaciones se suspenderá durante la vigencia de esas circunstancias o sus consecuencias, y no se impondrán sanciones por incumplimiento dentro del plazo previsto en el presente Tratado.
11.5. Si las circunstancias de fuerza mayor duran más de tres meses, las Partes deben adoptar una decisión conjunta para cumplir sus compromisos. Si no se llega a un acuerdo, una Parte que no haya sufrido un efecto insalvable tendrá derecho a rescindir el presente Tratado sin necesidad de recurrir a un tribunal, previa notificación por escrito a la otra Parte.
12. Notificaciones y mensajes
12.1. Todas las notificaciones y comunicaciones enviadas en virtud del presente Tratado y en relación con él, con excepción de las que se hayan consignado por separado, se considerarán debidamente presentadas si se envían al destinatario mediante una carta certificada, por télex, fax, telefax o comunicaciones informáticas, o se entregan en persona a las direcciones designadas de las Partes.
13. Direcciones y firmas jurídicas de las partes
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Parte 1 FLC PK MIC PRE-INTRAST*
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Parte 2NPC NGO NGO «SPECZASHCHITA» ○ Dirección:_ 109004, Moscú, calle Stanislavsky, d. 22, pág. 2, el lugar. 11 GGN 1207700383087 INN/CAT 9709066128/ 770901001 Tel: +7 921 307 67 01 E-mail: severa.70@mail.ru _____/Sokolov C, A. |
